Domiciliación de Impuestos
DOMICILIACIÓN BANCARIA
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Este servicio está en funcionamiento las 24 horas del dÃa de lunes a domingo, a excepción del tramo de 04,00 a 05,30 horas, aproximadamente, de lunes a viernes, en el cual se realizan operaciones de mantenimiento.
Entrada a Domiciliación del Pago de Impuestos
Procedimiento en tiempo real que permite al ciudadano cambiar la cuenta de domiciliación bancaria de sus Impuestos Municipales.
El sistema ha sido alterado para permitir a empresas y representantes operar en nombre de terceras personas, pero para ello se requiere una identificación especial.
El ciudadano que desee acceder a su información deberá identificarse previamente facilitandoPersona FÃsica o Usuario y Contraseña al Sistema. Esta identificación se puede solicitar en Consultas y trámites personales . A partir de ahà facilitará la información bancaria para la domiciliación y seleccionará el tipo de impuesto a domiciliar. Posteriormente deberá marcar cada uno de los elementos tributarios sujetos a esa nueva domiciliación, imprimiendo finalmente la pantalla que le indica los cambios realizados como justificante de su operación.
IMPORTANTE: Deberá introducir siempre mayúsculas. Como Persona FÃsica o Usuario se entiende el conjunto de letra y números que identifican del D.N.I. de cada persona sin el dÃgito de control, por ejemplo para un D.N.I. 30.427.897, el ciudadano deberá indicar:Persona FÃsica o Usuario: 30427897
Si usted deja a ceros los datos correspondientes a banco, sucursal, dÃgito de control y cuenta corriente, estará dando de baja la domiciliación que tuviera realizada.
ORDEN de DOMICILIACIÓN BANCARIA MEDIANTE IMPRESO
Al final de esta página encontrara un acceso directo al documento oficial
MUY IMPORTANTE:
ArtÃculo 25.2 del R. D. 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación:
2.- Los obligados al pago podrán domiciliar el pago de las deudas a las que se refiere esta sección en cuentas abiertas en entidades de crédito.
Para ello, conforme a lo dispuesto en el artÃculo 38, dirigirán comunicación al órgano de recaudación correspondiente al menos un mes antes del comienzo del perÃodo de cobro. En otro caso, la comunicación surtirá efecto a partir del perÃodo siguiente.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de crédito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En este último caso,la Administración deberá notificar el acuerdo por el que se declare la invalidez al obligado al pago y a la entidad colaboradora.
DOMICILIACIÓN BANCARIA MEDIANTE IMPRESO






